El registro de copropietarios es donde se encuentran los datos de todos los ocupantes del condominio. La administración tiene el deber de mantener esta información actualizada, y el copropietario de ofrecer toda la documentación que se necesita para ello, tal y como lo establece el artículo 5° de la ley de copropiedad 21442.
Para que un copropietario forme parte del registro, debe entregar los siguientes requisitos: Un correo electrónico, un domicilio y un documento que valide que efectivamente su propiedad le pertenece.
A continuación, te explicamos todo lo que debes saber sobre el registro de copropietarios y te damos algunos consejos para que logres llevarlo de una forma fácil y rápida.
El registro de copropietarios, es obligatorio. A continuación, detallamos lo que la ley señala:
TÍTULO II: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS COPROPIETARIOS
Artículo 5°.- “Todo copropietario deberá incorporarse en el registro de copropietarios a que se refiere el artículo 9° y estará obligado a asistir a las sesiones respectivas, sea personalmente o representado, según establezca el reglamento de copropiedad. Con el objeto de facilitar la comunicación entre el comité de administración, la administración y los copropietarios, estos últimos deberán consignar sus correos electrónicos y sus respectivos domicilios en el registro de copropietarios".
Además, en el artículo 16, quedó establecido que: “El administrador deberá mantener actualizado el registro de copropietarios del condominio, debiendo velar por la protección y resguardo de los datos personales”.
Es decir, que el copropietario tiene el deber de incorporarse en el registro de copropietarios y el administrador, de validar que se hayan cumplido con todos los requisitos para formar parte.
Para incorporarse en el registro, cada copropietario debe tener un correo electrónico, un domicilio y validar que efectivamente su propiedad le pertenece.
Para hacer esta validación, es necesario que tenga a disposición su carnet, título de propiedad y uno de los siguientes documentos:
El registro de copropietarios es obligatorio y puedes, llevarlo de forma manual o en un software de administración de edificios, que te permita como administrador:
Además, un software de administración de edificios le permite al copropietario:
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