La ley sobre Copropiedad Inmobiliaria no hace referencia a este tema en ninguno de sus apartados; sin embargo, establece la obligación de acordar un Reglamento de Copropiedad. En este documento, se fija con precisión los derechos y obligaciones de los propietarios sobre los diferentes puntos que afectan la vida en comunidad.
La tenencia de mascotas es uno de ellos y por eso forma parte de la mayoría de los reglamentos con relación a este tema. Esta es la razón por la cual las normas son tan distintas, incluso en edificios y condominios ubicados en una misma zona. Al final, se basan en los acuerdos internos de cada comunidad.
Los condominios pueden normar la tenencia de mascotas en condominios a través del Reglamento de Propiedad o de normativas que devengan de este documento. Es importante destacar que para que cualquier reglamento interno tenga validez y pueda ser aplicado de forma directa por la administración, debe estar estipulado en el mencionado reglamento.
Si no aparece y se quiere incluir, la ley establece que debe realizarse en asamblea extraordinaria y contar con el consentimiento del 75 por ciento de los propietarios. Partiendo de este punto, los propietarios podrían normar la tenencia de mascotas de forma interna, siempre y cuando lo establecido en el reglamento no contravenga ninguna ley.
Por acuerdo mayoritario, los edificios pueden definir reglas específicas para la tenencia de mascotas. Por ejemplo, podrían prohibir el acceso de los animales de compañía a algunas áreas comunes, exigir que las mascotas siempre tengan su cadena a la hora del paseo o inclusive prohibirlas, como lo hacen algunos edificios. Mientras más específicas sean las reglas, mucho más fácil será su aplicación.
En 2017 se aprobó la Ley 21020, sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía. En este texto se define qué es la tenencia responsable:
“(Son el) conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía, y que consiste, entre otras, en su identificación; su registro ante la autoridad cuando corresponda; en proporcionarle alimento, albergue y buen trato; brindarle los cuidados veterinarios indispensables para su bienestar y no someterlo a sufrimientos”, dice.
“La tenencia responsable comprende también el respeto a las normas de salud, higiene y seguridad pública, la obligación de adoptar las medidas para evitar que la mascota o animal de compañía cause daños a la persona o propiedad de terceros, así también las responsabilidades civiles en que se incurre ante estos casos”, completa.
En los condominios en los cuales no hay reglamentos específicos para este tema, los vecinos podrían exigir por la vía civil que los dueños de mascotas respondan por daños a personas o propiedades.