El control de visitas en edificios debe ser un punto fundamental para cualquier administración. La seguridad de los copropietarios depende en gran medida de que tan bien se realice esta acción; además, en la época que vivimos se convirtió también en un factor clave para la salud de la comunidad.
En algunos condominios hay dudas sobre cómo deben organizarse con relación a este tema. Esperamos que este post les sirva de punto de partida.
La ley 19537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, otorga la potestad de establecer reglas para la organización de la vida en condominio al Comité de Administración.
“El Comité de Administración podrá también dictar normas que faciliten el buen orden y administración del condominio, como asimismo imponer las multas que estuvieren contempladas en el reglamento de copropiedad, a quienes infrinjan las obligaciones de esta ley y del reglamento de copropiedad”, dice el artículo 21.
El control de visitas está dentro de estos asuntos que deben ser definidos por el Comité de Administración. Te recomendamos revisar también en qué se debe basar el reglamento interno de condominio.
Como ya te comentamos, el control de visitas en edificios no solo es importante por un tema de orden interno. En la actualidad también responde a un asunto de salud pública. En este sentido, lo primero que debe revisar el Comité de Administración para establecer las reglas es el ordenamiento de la autoridad de salud.
Dependiendo de la fase del Plan Paso a Paso en la que se encuentra la comuna en la que está ubicada el condominio, hay una cantidad de personas máximas que pueden estar en espacios cerrados y abiertos. En cuarentena, no se permite la movilización libre de personas, por lo cual es lógico que se prohíban las visitas.
Las normas del edificio no pueden estar por encima de esta indicación; sin embargo, las comunidades pueden decidir ser más estrictos. Por esta razón, hay muchos edificios en los se pueden recibir menos visitantes de los que establece la autoridad sanitaria o en algunos incluso están completamente restringidas.
En los casos en los que los residentes no están de acuerdo con estas medidas, pueden plantear su modificación en asamblea de copropietarios. “Las normas y acuerdos del Comité mantendrán su vigencia mientras no sean revocadas o modificadas por la asamblea de copropietarios”, estipula le ley 19537.
En cualquier reglamento para el control de visitas en edificios, se deben fijar al menos los siguientes puntos:
La tecnología puede facilitar mucho el control de visitantes en edificios. Por su parte, nuestro partner ComunidadFeliz.cl cuenta con un módulo de visitantes que digitaliza todo el proceso. Los copropietarios pueden registrar con anticipación a las personas que van a sus departamentos. Además, en la aplicación se genera un código QR para que el control en la entrada sea mucho más rápido y sencillo.
En AdministradoresChile.cl, todos nuestros administradores son especialistas en esta tecnología. Por eso la mejor decisión que puedes tomar si estás buscando un profesional del área es dejar todo en nuestras manos.